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LEADER 2023 - 2027

TIQUE RURAL. Ayuda para la creación de empleo autónomo en el medio rural

Esta mediada tiene como finalidad la puesta en marcha de una nueva empresa en el ámbito rural, por parte de personas desempleadas (en el momento de la solicitud de la ayuda) y en la que al menos se genere su puesto de trabajo. Se exigirá el mantenimiento del empleo durante un período de 5 años desde el alta como autónomo.

Requisitos principales Límite
  • Ser desempleado y menor de 65 años a fecha de solicitud de ayuda.
  • Generar su propio puesto de trabajo como Empresario Individual o Autónomo en empresas de economía social.
  • Ejercer una actividad que no esté entre las excluidas.
  • No haber estado dado de alta como autónomo en la misma actividad en los últimos 3 años.
  • Cumplir plan empresarial: facturación > al SMI o un resultado de explotación  > a la mitad del SMI.
Hasta 50.000 €

 

Información provisional: Pendiente de la publicación de las bases reguladoras y convocatoria de las ayudas

  • Ser personas físicas desempleadas y menores de 65 años en el momento de la solicitud de la ayuda.
  • No haber estado dada de alta como autónomas (no computará a estos efectos la figura del familiar colaborador autónomo) en la misma actividad por la que solicita la ayuda en los últimos 3 años.
  • Generar su propio puesto de trabajo, bajo una de las siguientes formas:
    • Empresario/a autónomo/a a título individual.
    • Autónomo/a societario/a que se incorpora como socio/a a una cooperativa de trabajo asociado de nueva creación o a una sociedad laboral de nueva creación. Sólo se subvencionará a una persona por cooperativa o sociedad laboral, de acuerdo a las condiciones que se establezcan en la convocatoria.
  • La empresa deberá ejercer una actividad que no esté entre las excluidas en el Anexo II y en los criterios de selección del Grupo.
  • Disponer y ejecutar un Plan Empresarial que deberá demostrar la viabilidad económica y técnica de la empresa, aplicando para ello condiciones de mercado, generando una facturación superior al Salario Mínimo Interprofesional (en adelante, SMI) o un resultado de explotación superior a la mitad del SMI. Estos umbrales económicos deberán alcanzarse, como muy tarde, en el tercer ejercicio fiscal.  Los ingresos de la empresa no podrán proceder en más de un 50% de un único cliente.
  • Mantener la actividad empresarial (alta censal y alta como autónoma) durante al menos 5 años, desde la fecha de alta como autónomo.
  • Dedicarse en exclusiva a las actividades previstas en el Plan Empresarial. La beneficiaria podrá ampliar o modificar su declaración censal de actividades, siempre que pertenezcan a la misma actividad, comunicándolo al GAL en el mismo plazo que se establezca para la justificación del primer pago posterior a la modificación.
  • No haber percibido y cobrado ayudas LEADER tique rural, tanto en el vigente periodo de programación como en los anteriores.
  • Esta ayuda será incompatible con la percepción de cualquier otra subvención para la creación y/o mantenimiento del empleo autónomo, durante el periodo de compromiso.
  • Esta ayudas será compatible con el resto de medidas previstas en la EDLP, siempre que no se destinen a los mismos fines.
  • La ayuda consistirá en un importe a tanto alzado que podrá alcanzar hasta 50.000 €, en función de la puntuación obtenida aplicando los criterios de selección.
  • Las solicitudes de ayuda serán evaluadas conforme a los criterios de selección establecidos por el GAL y se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva.
  • La puntuación máxima nunca podrá superar los 100 puntos y no podrán ser aprobadas las solicitudes que obtengan una valoración igual o inferior a 40 puntos.

Las subvenciones se abonarán a la persona beneficiaria una vez que haya justificado que la actuación ha alcanzado los hitos siguientes:

  • Primer Pago. Deberá haber iniciado el Plan Empresarial, acreditado con el alta en la TGSS y la AEAT.
  • Segundo pago. Deberá justificar el mantenimiento de la actividad iniciada (alta en la TGSS y la AEAT) y haber presentado solicitud de las licencias, autorizaciones y permisos que sean necesarios para el ejercicio de la actividad.
  • Último pago. Deberá justificar la correcta ejecución de las actividades contempladas en el Plan Empresarial, incluyendo las licencias y/o autorizaciones necesarias para el ejercicio de la actividad, así como una facturación superior al SMI o un resultado de explotación superior a la mitad del SMI. Podrán solicitar el aplazamiento de la correcta aplicación de los compromisos referentes a licencias/autorizaciones y/o facturación por causas excepcionales debidamente justificadas y que no puedan ni deban ser consideradas causas de fuerza mayor.

CRITERIOS DE SELECCIÓN DE OPERACIONES (CSO)

  • La valoración de las solicitudes de ayuda será realizada conforme a los criterios de selección establecidos en la convocatoria: Prioridad estratégica, Ubicación de la operación, Perfil y arraigo de la persona solicitante y Formación y experiencia de la solicitante.
  • La ayuda se concederá por orden de puntuación y respetando la distribución de anualidades señalada por la persona beneficiaria en su solicitud. En el caso de que se agote el importe disponible en una anualidad, se continuará la concesión respetando el orden de puntuación de los beneficiarios establecido por la Comisión de Valoración, modificando la distribución de anualidades propuesta por la persona beneficiaria.
       
   
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