TIQUE ASALARIADO. Ayuda para la creación de empleo asalariado en el medio rural.
- Esta medida tiene como finalidad la contratación de personas desempleadas por parte de empresas que, en el momento de la solicitud, no hayan tenido personal asalariado por cuenta ajena en los 5 años anteriores a la solicitud de ayuda o comunicación previa.
- El objeto de la ayuda es compensar parcialmente al empresario por los gastos en que debe incurrir para una primera contratación por cuenta ajena. Entre ellos se encuentran algunos gastos corrientes como las cotizaciones a la Seguridad Social y el salario mínimo.
- Se exigirá el mantenimiento del empleo durante un periodo de 2 años desde la fecha de alta y contrato indefinido y a jornada completa.
Normativa:
✅ Empresas que pueden optar a esta medida: Empresas que no hayan tenido personal asalariado por cuenta ajena en los 5 años anteriores a la solicitud de ayuda (o comunicación previa), 👉 En caso de que la solicitante tenga empresas vinculadas, todas ellas deberán cumplir este requisito.
✅ La persona que se va a contratar se encuentre en situación de desempleo en el momento de la solicitud de ayuda (o comunicación previa)
✅ La empresa deberá mantener la contratación durante 2 años desde el alta de la persona contratada.
✅La empresa deberá ejercer una actividad no excluida (ver Anexo II y criterios de selección del Grupo).
✅ La contratación deberá ser: Indefinida y a jornada completa
🚫 Restricciones a la contratación:
❌ No se admitirán contrataciones en las que haya una relación hasta segundo grado de parentesco entre la persona contratada y la persona beneficiaria (física).
❌ Esta restricción también se aplica a entidades y empresas vinculadas, respecto a quien administre o controle la empresa.
✅ El centro de trabajo deberá estar en el territorio del Grupo (Cangas del Narcea, Ibias o Degaña).
🔁 Sustitución de la persona trabajadora: En caso de baja (por despido procedente o baja voluntaria), la empresa deberá sustituir al trabajador/a en un plazo de 3 meses, contados desde el día siguiente a la baja, comunicándolo al GAL dentro de ese mismo periodo. 👉 El cómputo del periodo de mantenimiento se reanuda con la incorporación de la nueva persona trabajadora.
Convocatoria 2025:
💶 Importe de la ayuda. Podrá alcanzar hasta los 20.000 euros. Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva. Los proyectos se valorarán aplicando los criterios de selección y con los siguientes umbrales:
- 0-40 puntos: 0,00 €.
- 41-60 puntos: 10.000,00 €
- 61-80 puntos: 15.000,00 €
- 81-100 puntos: 20.000,00 €
La ayuda es plurianual y el pago realizar en dos anualidades: 2025 y 2027
📆 Pago de la ayuda. La ayuda es plurianual y el pago se realiza en dos anualidades: 2025 y 2027, abonándose el 70% de la ayuda concedida en la primera anualidad y el 30% en la segunda. El plazo de ejecución, justificación y solicitud de pago se fijará en la resolución de concesión, estableciéndose con carácter general:
🔹 Para el Primer pago. Deberá realizar la solicitud de pago y justificación en el plazo máximo del 15 de octubre de 2025 acreditando:
-
Alta en la TGSS de la persona contratada.
-
Acreditación del desempleo de la persona contratada en el momentos de la solicitud de ayuda.
-
Contrato de trabajo formalizado (indefinido y a jornada completa)
🔹 Para el último pago. Deberá realizar la solicitud de pago y justificación en el plazo máximo del 15 de octubre de 2027 acreditando:
- Mantenimiento de la contratación.
🚫 Esta ayuda será incompatible con la percepción de cualquier otra subvención para el mismo puesto o contrato, durante el periodo de compromiso.
✅ Esta ayuda será compatible con el resto de medidas previstas en la EDLP, siempre que no se destinen a los mismos fines.
✅ CRITERIOS DE SELECCIÓN | Medidas LEADER Diversificación y LEADER Tique
⚠️ No serán subvencionables los siguientes casos en el sector de alojamientos turísticos:
- Viviendas vacacionales, viviendas de uso turístico, pensiones, casas de aldea de alquiler íntegro y apartamentos turísticos.
- Apartamentos rurales que no formen parte de un complejo turístico de al menos 3 apartamentos rurales y que no presten servicios propios de actividad hotelera, salvo apartamento/s turísticos y rurales en los concejos de Ibias y Degaña.
- Apartamentos Rurales, Hoteles y Casas de Aldea compartida de categoría inferior a 2 llaves/estrellas o trísqueles.
⚠️ No serán subvencionables Pubs, actividades de ocio nocturno y apuestas.
⚠️ En la medida LEADER Tique Asalariado las personas a contratar deberán pertenecer a uno de los siguientes perfiles: menor de 51 años o mujer.
✅ CRITERIOS DE VALORACIÓN
CREACIÓN DE EMPLEO ASALARIADO EN EL MEDIO RURAL (TIQUE RURAL ASALARIADO) |
VALORACIÓN |
Criterio nº 1. PRIORIDAD ESTRATÉGICA (criterio excluyente)
|
25 |
Actividades Estratégicas: agrícola, ganadera y forestal. | 25 |
Prioridad 1. Actividades de fabricación, industria, transformación, comercio, restauración, alojamiento turístico, guías de turismo, artesanía, servicios a la población local, servicios agrícolas y forestales y actividades del ámbito sanitario, técnico y tecnológico; conforme se delimita en el Anexo Prioridades Actividades Económicas. | 20 |
Prioridad 2. Actividades empresariales de construcción, servicios y otras actividades empresariales y profesionales, conforme se delimita en el Anexo Prioridades Actividades Económicas. | 15 |
Prioridad 3. El resto de actividades no contempladas con anterioridad. | 0 |
Criterio nº 2. UBICACIÓN DE LA OPERACION (Criterio excluyente) | 20 |
Entidades de población de 500 habitantes o menos, polígonos industriales y plaza de abastos. | 20 |
Entidades de población de más de 500 habitantes. | 15 |
El proyecto y la actividad sin establecimiento. | 0 |
Criterio nº 3: PERFIL DE LA CONTRATACIÓN (criterio acumulativo) | 20 |
Menor de 41 años | 10 |
Mujer con hijos o hijas | 5 |
Persona con discapacidad (33% o superior) | 5 |
Ninguna de los anteriores | 0 |
Criterio nº 4. CARACTERÍSTICAS DE LA EMPRESA EMPLEADORA (criterio excluyente) | 15 |
Antigüedad: Empresa de nueva creación (< 1 año de antigüedad). | 15 |
Antigüedad: > 1 año y hasta 10 años. | 10 |
Antigüedad: > 10 años. | 0 |
Criterio nº 5. CATEGORIA PROFESIONAL DE LA CONTRATACIÓN (criterio excluyente) | 20 |
Grupo de cotización 1 (Ingeniero y Licenciados) a 3 (Jefe Administrativo y de taller). | 20 |
Grupo de cotización de 4 (Ayudantes no titulados) a 8 (Oficiales de primera y segunda). | 15 |
Grupo de cotización de 9 (Oficiales de tercera y especialistas) a 11 (Trabajadores menores de 18 años, cualquiera que sea su categoría profesional). | 0 |
✅ CRITERIOS DE DESEMPATE. Si hay empate en puntuación, se aplicarán en este orden:
- Preferencia a operaciones en entidades con menor número de habitantes (según SADEI)
- Mayor puntuación en el ítem “perfil de la contratación” (Criterio nº 3)
- Mayor puntuación en el ítem “categoría profesional de la contratación” (Criterio nº 5).
- Menor antigüedad de la empresa (atendiendo a la fecha de alta en la actividad económica).(Criterio nº 4)
- Orden de registro de entrada
📂 Descargas disponibles
⬇️ Epígrafes de IAE admitidos y excluidos
Consulta la relación de actividades económicas que pueden (o no) optar a las ayudas LEADER.
⬇️ Criterios de selección de operaciones
Accede a los criterios aplicados por el GDR Alto Narcea Muniellos para la valoración y baremación de los proyectos.