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LEADER 2023 - 2027

LEADER DIVERSIFICACIÓN. Ayuda apoyar el inicio de actividad, la modernización, ampliación o mejora de competitividad de las empresas no agrícolas.

 

✅ CRITERIOS DE SELECCIÓN | Medidas LEADER Diversificación y LEADER Tique

⚠️ No serán subvencionables los siguientes casos en el sector de alojamientos turísticos:

  • Viviendas vacacionales, viviendas de uso turístico, pensiones, casas de aldea de alquiler íntegro y apartamentos turísticos.
  • Apartamentos rurales que no formen parte de un complejo turístico de al menos 3 unidades o que no presten servicios propios de actividad hotelera, excepto en Ibias y Degaña.
  • Apartamentos Rurales, Hoteles y Casas de Aldea compartida de categoría inferior a 2 llaves/estrellas o trísqueles.

⚠️ No serán subvencionables Pubs, actividades de ocio nocturno y apuestas.

✅ CRITERIOS DE VALORACIÓN

  • Se aplicarán según los criterios publicados en la convocatoria (ver cuadro de valoración).
  • Concurrencia competitiva. Las ayudas se concederán por orden de puntuación y respetando la distribución de anualidades marcada por la persona solicitante. Si se agota el importe de una anualidad, se seguirá otorgando ayuda según orden de puntuación, aunque haya que modificar las anualidades propuestas.
  • Puntuación mínima: No se aprobarán solicitudes con 40 puntos o menos.
  • Umbrales de ayuda. 
    •   0-40 puntos:    0% 
    • 41-50 puntos:   35%
    • 51-60 puntos:   38%
    • 61-70 puntos:   41%
    • 71-80 puntos:   44 %
    • 81-90 puntos:   47%
    • 91-100 puntos: 50%

 CUADRO DE VALORACIÓN

1. PRIORIDAD ESTRATÉGICA (Criterio Excluyente) - 30 puntos

  • 🟢 30 puntos: Actividad agraria y agroalimentaria.

  • 🟠 25 puntos:  Actividades de fabricación, industria o  transformación (no agroalimentaria), comercio, restauración, alojamiento turístico, guías de turismo, artesanía, servicios a la población local, servicios agrícolas y forestales y actividades del ámbito sanitario, técnico y tecnológico;  conforme se delimita en el  Anexo Prioridades Actividades Económicas.

  • 🟡 20 puntos: Actividades empresariales de construcción, servicios y otras actividades empresariales y  profesionales, conforme se delimita en el  Anexo Prioridades Actividades Económicas.

  • 🔴 0 puntos: El resto de actividades no contempladas.

2. UBICACIÓN DE LA OPERACIÓN (Criterio Excluyente) - 25 puntos

  • 🟢 25 puntos: Entidades de población de 500 habitantes o menos, polígonos industriales y plaza de abastos.

  • 🟡 20 puntos: Entidades de población de más de 500 habitantes.

  • 🔴 0 puntos: Proyecto y actividad sin establecimiento.

3. MODALIDAD DE LA OPERACIÓN (Criterio Excluyente) - 20 puntos

  • 🟢 20 puntos: Creación de nueva empresa (<1 año) o diversificación (empresa existente que inicia actividad distinta a la existente).

  • 🟡 15 puntos: Modernización, ampliación o traslado con modernización/ampliación.

  • 🔴 0 puntos: Traslado sin modernización o ampliación.

4. TIPOLOGÍA DEL SOLICITANTE (Criterio Acumulativo) - 15 puntos

Forma de la empresa:

  • 🟢 10 puntos: Empresario individual, economía social, titularidad compartida, agrupaciones de propietarios de montes/fincas.

  • 🟠 8 puntos: Sociedad mercantil.

  • 🟡 4 puntos: Comunidades de bienes y sociedades civiles.

  • 🔴 0 puntos: Otras entidades.

Perfil:

  • 🟢 5 puntos: Menor de 41 años o mujer (administrador/a único con +50% capital/participación).

  • 🔴 0 puntos: No cumple el criterio anterior.

5. CARACTERÍSTICAS SINGULARES (Criterio Acumulativo) - 10 puntos

  • 🟢 5 puntos: Proyectos promovidos por solicitantes que no se les haya concedido ninguna ayuda Leader en los 5 últimos años.

  • 🟢 5 puntos: Intensidad de la operación en términos de inversión subvencionable mayor de 40.000 €.

  • 🔴 0 puntos: Ninguno de los anteriores.

 

ACLARACIONES SOBRE LOS CRITERIOS

  • Criterio nº 1. Prioridad estratégica (criterio excluyente). Se valora la actividad económica (IAE) de la persona o entidad solicitante, según el Anexo de Prioridades de Actividades Económicas. Si el proyecto incluye más de un epígrafe IAE, se asignará el más relevante según la actividad principal. Solo se puede obtener puntuación en un apartado.
  • Criterio nº 2. Ubicación de la operación (criterio excluyente). Se tiene en cuenta la entidad de población donde se realiza el proyecto, primando las de menor población y los polígonos industriales. Se usa como referencia el último Nomenclátor de SADEI. Solo se puede obtener puntuación en un apartado.
  • Criterio nº 3. Modalidad de la operación (criterio excluyente). Se valora si es una nueva empresa (jurídica o física) o una diversificación de actividad. Solo se puede obtener puntuación en un apartado.
  • Criterio nº 4. Tipología del solicitante (criterio acumulativo). Se evalúan la forma jurídica y el perfil de la persona solicitante (quien tenga más del 50% de participación). Se puede puntuar en varios apartados, pero solo un ítem dentro de cada subapartado.
  • Criterio nº 5. Características singulares de la operación (criterio acumulativo)
  • Se valora: La intensidad de la inversión subvencionable y s ha recibido ayudas LEADER en los últimos 5 años. Puede obtener puntos en vari os apartados.

✅ CRITERIOS DE DESEMPATE. Si hay empate en puntuación, se aplicarán en este orden:

  •  Preferencia a operaciones en entidades con menor número de habitantes (según SADEI)
  •  Mayor puntuación en el ítem “modalidad de la operación” (Criterio nº 3)
  •  Mayor puntuación en el ítem “perfil del solicitante” (Criterio nº 4)
  • Mayor intensidad de inversión subvencionable.
  • Orden de registro de entrada

🔹Actividades estratégicas
✔️ Leader Tique Asalariado: agrícola (B01), ganadera (B02) y forestal (B03)
✔️ Leader Diversificación: agrícola (B01) y agroalimentarias (Agrupaciones 41 y 42)

🔹 Prioridad 1 – ALTA, Actividades de fabricación, industria, transformación, comercio, restauración, alojamiento turístico, guías, artesanía, servicios a la población, servicios agrícolas/forestales y actividades del ámbito  sanitario, técnicos y tecnológicos, según epígrafes del IAE:

Actividades empresariales:
✔️ Industria: Agrupaciones 24, 25, Divisiones 3 y 4
✔️ Comercio: Agrupaciones 61, 64, 65, 66
✔️ Restauración: 671
✔️Hospedaje: 68
✔️Reparaciones 69
✔️ Telecomunicaciones: 76
✔️ Servicios agrícolas y forestales: 91
✔️ Saneamiento vías públicas: 92
✔️ Sanidad y veterinaria: 94
✔️ Servicios sociales: 95
✔️ Turismo activo: 755, 855.3 y otros según Anexo I del Decreto 111/2014
Actividades profesionales:
✔️ División del 0 al 4
✔️ Sanidad 83
✔️ Profesionales: 861, 862 (artesanía)
✔️ Guías turísticos: 882, 883

🔹 Prioridad 2 – MEDIA. Actividades de construcción, servicios empresariales/profesionales y otros:
✔️ Construcción: Agrupación 50
✔️ Cafeterías: 67
✔️ Transporte terrestres: 72, 75
✔️ Servicios empresariales: 84, 85
✔️ Educación e investigación: 93
✔️ Servicios recreativos y culturales: 96
✔️ Servicios personales: 97
✔️ Profesionales no incluidos en prioridad alta

🔹 Prioridad 3 – BAJA. Todas las actividades no contempladas anteriormente.

 

Personas físicas o jurídicas que cumplan con los siguientes requisitos:

Ostenten la condición de microempresa, pequeña o mediana empresa, según se define en la Base Cuarta de las BBRR.

✅ Que su actividad no se dirija a la obtención de productos incluidos en el Anexo I del TFUE.

✅ Que su actividad no esté entre las excluidas en el Anexo III y en los criterios de selección del Grupo.

✅Que la actividad empresarial objeto de la ayuda se desarrolle o vaya a desarrollarse en el ámbito territorial de Alto Narcea Muniellos.

✅ Que se comprometa a mantener las inversiones auxiliadas durante 5 años desde la fecha fin del plazo de justificación del fin de actuaciones. Este plazo será de 10 años para inversiones en alojamientos turísticos.

🌲 Para empresas forestales:

  • Que realice actividades forestales según la definición de la Base Cuarta (BBRR), pero que no constituyan la actividad principal de la empresa.

  • Que no sea una nueva empresa según se define en la Base Cuarta (BBRR).


📚 Base Cuarta (BBRR). Definiciones:

  • Empresa forestal: Se considerará empresa forestal aquella que se dedica a operaciones como tala, despiece, descortezado, tronzado, almacenamiento, aplicación de tratamientos protectores, secado de madera, operaciones previas al aserrado industrial y serrería con capacidad máxima anual de 20.000 m3 de madera en rollo para aserrado.

  • En caso de empresas con varias actividades, se considerará prioritaria la forestal si es la actividad principal.

  • Esta definición se aplica para la limitación establecida en la base séptima.

  • Nuevas empresas: Se consideran nuevas empresas las personas jurídicas constituidas en los 12 meses anteriores al plazo de finalización de la solicitud de ayuda. Para personas físicas o comunidades de bienes, las que se hayan dado de alta en el IAE en la actividad en dicho plazo.

GASTOS SUBVENCIONABLES

✅ La construcción o acondicionamiento de inmuebles ligados al inicio de la actividad o a la modernización y mejora de la competitividad de las empresas, incluyendo instalaciones y urbanización de parcela.

✅ La compra de nueva maquinaria o equipamiento: compra o arrendamiento con opción de compra (previo a la solicitud de pago) hasta el valor de mercado.

Programas informáticos, diseño y/o programación de páginas web siempre que estén destinadas a la comercialización online de productos.

✅ Implementaciones de sistemas de calidad y gestión de la seguridad alimentaria.

Adaptación de vehículos para transporte de mercancías ligados a la actividad productiva de la empresa; el transporte de personas con discapacidad. 

✅ La compra de vehículos nuevos ya adaptados al transporte de personas con discapacidad; o bien dicha compra cuando la inversión solicitada incluya, además, la adaptación del mismo al transporte de personas con discapacidad

✅ Costes generales: honorarios de arquitectura, ingeniería, consultoría, asesoría, estudios de viabilidad, derechos de patentes, licencias, diseño de envases y marcas.

✅Adquisición o desarrollo de programas informáticos y de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas.

 


GASTOS NO SUBVENCIONABLES

❌Las inversiones relacionadas con la obtención de productos establecidos en el anexo I del TFUE.

❌ Las relacionadas con las actividades detalladas en el anexo III de exclusiones.

❌La adquisición de vehículos excepto: La adaptación de vehículos para: el transporte de mercancías ligados a la actividad productiva de la empresa;
el transporte de personas con discapacidad y la compra de vehículos nuevos ya adaptados al transporte de personas con discapacidad; o bien dicha compra cuando la inversión solicitada incluya, además, la adaptación del mismo al transporte de personas con discapacidad.

 Inversiones fuera del Principado de Asturias y fuera del ámbito territorial del GDR.

 Maquinaria o transporte móviles si no hay domicilio fiscal/social en el territorio del GDR, o sin relación directa con la actividad local.

❌ Reposición o sustitución de maquinaria.

❌ Compra de maquinaria usada o de segunda mano.

❌ Tributos, sanciones, recargos e IVA (salvo si no es recuperable).

Intereses de deuda, cánones, franquicias, regalías, etc.

❌Partidas de imprevistos o condicionadas.

❌ Gastos corrientes, fungibles o capital circulante.

 Compras/servicios entre familiares o empresas vinculadas.

Descuentos en contratos o facturas.

Compra de terrenos o inmuebles (con excepciones).

 Reparación y mantenimiento.

 Traspasos o traslados de actividad.

❌ Gastos notariales o registrales.

❌ Construcción/mejora de viviendas para uso particular (salvo que se separe claramente la parte económica).

 Gastos realizados fuera del plazo establecido.

❌ Proyectos por fases no autónomos o sin coherencia global.

❌ Arrendamiento de maquinaria o equipos (salvo opción de compra ejecutada antes del pago).

Gastos generales y beneficio industrial superiores al 13 % y 6 % respectivamente.

❌ Tipo de interés de deuda (salvo bonificaciones o garantías).

Infraestructuras a gran escala que no estén dentro de la estrategia LEADER (salvo banda ancha o prevención de riesgos naturales).

Forestaciones no alineadas con criterios sostenibles.

Cualquier inversión excluida expresamente en la EDLP o los criterios del GDR.

Subcontratación  de las actividades subvencionables. 

 

⚠️No serán subvencionables a efectos de la concesión de ayudas las operaciones que se hayan completado físicamente o se hayan ejecutado por completo antes de que se presente a la autoridad de gestión la solicitud de ayuda, independientemente de si se han realizado o no todos los pagos correspondientes. Se exceptúan de lo anterior los honorarios de proyectos, estudios previos de viabilidad, así como el pago de tasas relacionadas con licencias y permisos administrativos

🚫 Incompatible con otras subvenciones europeas para la misma finalidad (otros fondos comunitarios).

Compatible con ayudas de otras administraciones españolas, siempre que: No se supere el % máximo de inversión subvencionable fijado por la normativa vigente.

Compatible también con otras medidas de la EDLP, siempre que no se destinen al mismo fin.

💰 Hasta el 50% de la inversión subvencionable. Límite máximo: 200.000 €

📋 Evaluación. Las solicitudes serán evaluadas según los criterios de selección del GAL, y se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva.

🎯 Puntuación. La máxima puntuación posible es de 100 puntos.No se aprobarán solicitudes con una puntuación igual o inferior a 40 puntos.

📢 COMUNICACIÓN PREVIA

Las interesadas que tengan previsto acogerse a las ayudas LEADER y que necesiten iniciar las actuaciones antes de la publicación de la convocatoria, pueden realizar una COMUNICACIÓN PREVIA AL INICIO DE LAS ACTUACIONES Y SOLICITUD DE CERTIFICADO.

📥 Se debe tramitar a través de la Ficha de Servicio (Código AYUD0535T01), aportando la siguiente documentación:

📄 Documentación requerida:

  • Acreditación de la personalidad de la solicitante/representante. 
  • Presupuesto, desglosado por partidas y conceptos.
       
   
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