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LEADER 2023 - 2027

LEADER AGRO. Ayudas para apoyar el inicio de actividad, la modernización, mejora de la  competitividad e innovación de las empresas agrarias

 

Personas físicas o jurídicas o Entidades en régimen de titularidad compartida, reguladas por la Ley 35/2011, de 4 de octubre

✅ Ser titular o cotitular de una explotación agraria radicada en el Principado de Asturias, inscrita o con solicitud de inscripción en el Registro de Explotaciones Agrarias del Principado.

✅ Desarrollar una actividad orientada a la obtención de productos incluidos en el Anexo I del TFUE.

✅ La actividad no debe estar entre las excluidas en el Anexo III de las BBRR ni en los criterios de selección del Grupo.

✅Las inversiones deben destinarse exclusivamente a explotaciones agrícolas. ❌ Quedan excluidas las relacionadas con la ganadería y la apicultura.

✅La actividad empresarial objeto de la ayuda debe desarrollarse (o preverse desarrollar) en el ámbito territorial del GAL Alto Narcea Muniellos:
✅ Compromiso de mantener la actividad agraria en la explotación beneficiaria durante 5 años desde la fecha fin del plazo de justificación de actuaciones.

✅Compromiso de mantener las inversiones auxiliadas durante 5 años desde la fecha fin del plazo de justificación de actuaciones.

💰 Hasta el 50% de la inversión subvencionable. Límite máximo: 200.000 €

📋 Evaluación. Las solicitudes serán evaluadas según los criterios de selección del GAL, y se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva.

🎯 Puntuación. La máxima puntuación posible es de 100 puntos.No se aprobarán solicitudes con una puntuación igual o inferior a 40 puntos.

 

GASTO SUBVENCIONABLE

✅ Las inversiones relacionadas con la obtención de productos establecidos en el anexo I del TFUE.

Construcción, adquisición o mejora de inmuebles ligados al inicio o modernización de la actividad, incluyendo instalaciones y urbanización.

Compra de terrenos (máx. el 10% del gasto total subvencionable).

Nueva maquinaria o equipamiento, también en arrendamiento con opción de compra (ejecutada antes del pago).

✅​​​​​​​ Programas informáticos, diseño y/o programación de páginas web para comercialización online.

✅​​​​​​​ Sistemas de calidad y gestión de seguridad alimentaria.

✅​​​​​​​ Adaptación a normas de la UE en producción agrícola/ganadera (en un plazo de 12 meses).

✅​​​​​​​ Adaptación de vehículos para transporte de mercancías ligados a la actividad productiva.

✅​​​​​​​ Plantación y mejora de cultivos leñosos de aptitud frutal.

✅​​​​​​​ Reestructuración y reconversión productiva: nuevas plantaciones, arranques, material vegetal

✅​​​​​​​ Nivelación y acondicionamiento de terrenos. Caminos interiores.

✅​​​​​​​ Inversiones en regadíos (según anexo IV de las BBRR).

✅​​​​​​​ Costes generales: arquitectura, ingeniería, consultoría, viabilidad técnica, económica y medioambiental.

Software, licencias, patentes, derechos de autor y marcas registradas.

GASTO NO SUBVENCIONABLE

❌La compra de derechos de producción agrícola y  compra de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad u otros derechos de pago.

❌ La compra de tierras por un importe superior al 10% del gasto total subvencionable para la operación de que se trate.

❌ La compra de plantas anuales y su plantación. Asimismo, la implantación de praderas en terrenos que no tengan uso forestal, pasto arbustivo o pasto arbolado en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas(SIGPAC). 

❌ La adquisición de vehículos con carácter general

 Inversiones fuera del Principado de Asturias y fuera del ámbito territorial del GDR.

 Maquinaria o transporte móviles si no hay domicilio fiscal/social en el territorio del GDR, o sin relación directa con la actividad local.

❌ Reposición o sustitución de maquinaria.

❌ Compra de maquinaria usada o de segunda mano.

❌ Tributos, sanciones, recargos e IVA (salvo si no es recuperable).

Intereses de deuda, cánones, franquicias, regalías, etc.

❌Partidas de imprevistos o condicionadas.

❌ Gastos corrientes, fungibles o capital circulante.

 Compras/servicios entre familiares o empresas vinculadas.

Descuentos en contratos o facturas.

Compra de terrenos o inmuebles (con excepciones).

 Reparación y mantenimiento.

 Traspasos o traslados de actividad.

❌ Gastos notariales o registrales.

❌ Construcción/mejora de viviendas para uso particular (salvo que se separe claramente la parte económica).

 Gastos realizados fuera del plazo establecido.

❌ Proyectos por fases no autónomos o sin coherencia global.

❌ Arrendamiento de maquinaria o equipos (salvo opción de compra ejecutada antes del pago).

Gastos generales y beneficio industrial superiores al 13 % y 6 % respectivamente.

❌ Tipo de interés de deuda (salvo bonificaciones o garantías).

Infraestructuras a gran escala que no estén dentro de la estrategia LEADER (salvo banda ancha o prevención de riesgos naturales).

Forestaciones no alineadas con criterios sostenibles.

Cualquier inversión excluida expresamente en la EDLP o los criterios del GDR.

Subcontratación  de las actividades subvencionables. 

⚠️No serán subvencionables a efectos de la concesión de ayudas las operaciones que se hayan completado físicamente o se hayan ejecutado por completo antes de que se presente a la autoridad de gestión la solicitud de ayuda, independientemente de si se han realizado o no todos los pagos correspondientes. Se exceptúan de lo anterior los honorarios de proyectos, estudios previos de viabilidad, así como el pago de tasas relacionadas con licencias y permisos administrativos

🚫 Incompatible con otras subvenciones europeas para la misma finalidad (otros fondos comunitarios).

✅ Compatible con ayudas de otras administraciones españolassiempre queNo se supere el % máximo de inversión subvencionable fijado por la normativa vigente.

🟢 Compatible también con otras medidas de la EDLPsiempre que no se destinen al mismo fin.

📢 COMUNICACIÓN PREVIA

Las interesadas que tengan previsto acogerse a las ayudas LEADER y que necesiten iniciar las actuaciones antes de la publicación de la convocatoria, pueden realizar una COMUNICACIÓN PREVIA AL INICIO DE LAS ACTUACIONES Y SOLICITUD DE CERTIFICADO.

📥 Se debe tramitar a través de la Ficha de Servicio (Código AYUD0535T01), aportando la siguiente documentación:

📄 Documentación requerida:

  • Acreditación de la personalidad de la solicitante/representante. 
  • Presupuesto, desglosado por partidas y conceptos.

 

✅ CRITERIOS DE SELECCIÓN | Medidas LEADER Diversificación y LEADER Tique

⚠️ No serán subvencionables los siguientes casos en el sector de alojamientos turísticos:

  • Viviendas vacacionales, viviendas de uso turístico, pensiones, casas de aldea de alquiler íntegro y apartamentos turísticos.
  • Apartamentos rurales que no formen parte de un complejo turístico de al menos 3 unidades o que no presten servicios propios de actividad hoteleraexcepto en Ibias y Degaña.
  • Apartamentos Rurales, Hoteles y Casas de Aldea compartida de categoría inferior a 2 llaves/estrellas o trísqueles.

⚠️ No serán subvencionables Pubs, actividades de ocio nocturno y apuestas.

✅ CRITERIOS DE VALORACIÓN

  • Se aplicarán según los criterios publicados en la convocatoria (ver cuadro de valoración).
  • Concurrencia competitiva. Las ayudas se concederán por orden de puntuación y respetando la distribución de anualidades marcada por la persona solicitante. Si se agota el importe de una anualidad, se seguirá otorgando ayuda según orden de puntuación, aunque haya que modificar las anualidades propuestas.
  • Puntuación mínima: No se aprobarán solicitudes con 40 puntos o menos.
  • Umbrales de ayuda. 
    •   0-40 puntos:    0% 
    • 41-50 puntos:   35%
    • 51-60 puntos:   38%
    • 61-70 puntos:   41%
    • 71-80 puntos:   44 %
    • 81-90 puntos:   47%
    • 91-100 puntos: 50%

 CUADRO DE VALORACIÓN

1. PRIORIDAD ESTRATÉGICA (Criterio Excluyente) - 30 puntos

  • 🟢 30 puntos: Actividad agraria y agroalimentaria.

  • 🟠 25 puntos:  Actividades de fabricación, industria o  transformación (no agroalimentaria), comercio, restauración, alojamiento turístico, guías de turismo, artesanía, servicios a la población local, servicios agrícolas y forestales y actividades del ámbito sanitario, técnico y tecnológico;  conforme se delimita en el  Anexo Prioridades Actividades Económicas.

  • 🟡 20 puntos: Actividades empresariales de construcción, servicios y otras actividades empresariales y  profesionales, conforme se delimita en el  Anexo Prioridades Actividades Económicas.

  • 🔴 0 puntos: El resto de actividades no contempladas.

2. UBICACIÓN DE LA OPERACIÓN (Criterio Excluyente) - 25 puntos

  • 🟢 25 puntos: Entidades de población de 500 habitantes o menos, polígonos industriales y plaza de abastos.

  • 🟡 20 puntos: Entidades de población de más de 500 habitantes.

  • 🔴 0 puntos: Proyecto y actividad sin establecimiento.

3. MODALIDAD DE LA OPERACIÓN (Criterio Excluyente) - 20 puntos

  • 🟢 20 puntos: Creación de nueva empresa (<1 año) o diversificación (empresa existente que inicia actividad distinta a la existente).

  • 🟡 15 puntos: Modernización, ampliación o traslado con modernización/ampliación.

  • 🔴 0 puntos: Traslado sin modernización o ampliación.

4. TIPOLOGÍA DEL SOLICITANTE (Criterio Acumulativo) - 15 puntos

Forma de la empresa:

  • 🟢 10 puntos: Empresario individual, economía social, titularidad compartida, agrupaciones de propietarios de montes/fincas.

  • 🟠 8 puntos: Sociedad mercantil.

  • 🟡 4 puntos: Comunidades de bienes y sociedades civiles.

  • 🔴 0 puntos: Otras entidades.

Perfil:

  • 🟢 5 puntos: Menor de 41 años o mujer (administrador/a único con +50% capital/participación).

  • 🔴 0 puntos: No cumple el criterio anterior.

5. CARACTERÍSTICAS SINGULARES (Criterio Acumulativo) - 10 puntos

  • 🟢 5 puntos: Proyectos promovidos por solicitantes que no se les haya concedido ninguna ayuda Leader en los 5 últimos años.

  • 🟢 5 puntos: Intensidad de la operación en términos de inversión subvencionable mayor de 40.000 €.

  • 🔴 0 puntos: Ninguno de los anteriores.

 

✅ ACLARACIONES SOBRE LOS CRITERIOS

  • Criterio nº 1. Prioridad estratégica (criterio excluyente). Se valora la actividad económica (IAE) de la persona o entidad solicitante, según el Anexo de Prioridades de Actividades Económicas. Si el proyecto incluye más de un epígrafe IAE, se asignará el más relevante según la actividad principal. Solo se puede obtener puntuación en un apartado.
  • Criterio nº 2. Ubicación de la operación (criterio excluyente). Se tiene en cuenta la entidad de población donde se realiza el proyecto, primando las de menor población y los polígonos industriales. Se usa como referencia el último Nomenclátor de SADEI. Solo se puede obtener puntuación en un apartado.
  • Criterio nº 3. Modalidad de la operación (criterio excluyente). Se valora si es una nueva empresa (jurídica o física) o una diversificación de actividad. Solo se puede obtener puntuación en un apartado.
  • Criterio nº 4. Tipología del solicitante (criterio acumulativo). Se evalúan la forma jurídica y el perfil de la persona solicitante (quien tenga más del 50% de participación). Se puede puntuar en varios apartados, pero solo un ítem dentro de cada subapartado.
  • Criterio nº 5. Características singulares de la operación (criterio acumulativo)
  • Se valora: La intensidad de la inversión subvencionable y s ha recibido ayudas LEADER en los últimos 5 años. Puede obtener puntos en vari os apartados.

✅ CRITERIOS DE DESEMPATE. Si hay empate en puntuación, se aplicarán en este orden:

  •  Preferencia a operaciones en entidades con menor número de habitantes (según SADEI)
  •  Mayor puntuación en el ítem “modalidad de la operación” (Criterio nº 3)
  •  Mayor puntuación en el ítem “perfil del solicitante” (Criterio nº 4)
  • Mayor intensidad de inversión subvencionable.
  • Orden de registro de entrada

 

✅ ANEXO DE PRIORIDADES DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

🔹Actividades estratégicas
✔️ Leader Tique Asalariado: agrícola (B01), ganadera (B02) y forestal (B03)
✔️ Leader Diversificación: agrícola (B01) y agroalimentarias (Agrupaciones 41 y 42)

🔹 Prioridad 1 – ALTA, Actividades de fabricación, industria, transformación, comercio, restauración, alojamiento turístico, guías, artesanía, servicios a la población, servicios agrícolas/forestales y actividades del ámbito  sanitario, técnicos y tecnológicos, según epígrafes del IAE:

Actividades empresariales:
✔️ Industria: Agrupaciones 24, 25, Divisiones 3 y 4
✔️ Comercio: Agrupaciones 61, 64, 65, 66
✔️ Restauración: 671
✔️Hospedaje: 68
✔️Reparaciones 69
✔️ Telecomunicaciones: 76
✔️ Servicios agrícolas y forestales: 91
✔️ Saneamiento vías públicas: 92
✔️ Sanidad y veterinaria: 94
✔️ Servicios sociales: 95
✔️ Turismo activo: 755, 855.3 y otros según Anexo I del Decreto 111/2014
Actividades profesionales:
✔️ División del 0 al 4
✔️ Sanidad 83
✔️ Profesionales: 861, 862 (artesanía)
✔️ Guías turísticos: 882, 883

🔹 Prioridad 2 – MEDIA. Actividades de construcción, servicios empresariales/profesionales y otros:
✔️ Construcción: Agrupación 50
✔️ Cafeterías: 67
✔️ Transporte terrestres: 72, 75
✔️ Servicios empresariales: 84, 85
✔️ Educación e investigación: 93
✔️ Servicios recreativos y culturales: 96
✔️ Servicios personales: 97
✔️ Profesionales no incluidos en prioridad alta

🔹 Prioridad 3 – BAJA. Todas las actividades no contempladas anteriormente.

       
   
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