TRAMITACIÓN

💡 ¿Tienes una idea para emprender, mejorar tu empresa o invertir?
Antes de dar el primer paso, contacta con el GDR Alto Narcea Muniellos. Te ofrecemos asesoramiento personalizado sobre ayudas, financiación y trámites para hacer realidad tu proyecto.
🔔 Importante: Contacta con el equipo técnico antes de iniciar la actividad o la inversión.
📞 Pide cita (aconsejable): 985 81 37 56
📧 Escríbenos a: gerencia@altonarceamuniellos.org
📌 También puedes acudir a otras entidades de apoyo empresarial del territorio:
- Antena Cameral de la Cámara de Comercio de Oviedo. T. 985811750/629362749.Mail cangasnarcea@camara-ovi.es. www.camara-ovi.es. Polígono de Obanca, oficina 5. 33800 Cangas del Narcea
- Centro de Empresas de Obanca, T. 98513068/985810560. Polígono Industrial de Obanca/Agencia de Desarrollo Local de Cangas del Narcea
- Oficina Comarcal de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria. T.985810321
🔔 Importante: Las Bases Reguladoras y la Convocatoria son la normativa general que rige la solicitud y concesión de las ayudas que se encuentra publicadas en:
- BOPA nº 27-V-2025. Bases Reguladoras LEADER Tique Rural y LEADER Tique Asalariado
- BOPA nº 27-V-2025. Bases Reguladoras LEADER Agro, LEADER Agroindustria y LEADER Diversificación.
📲 Además, en nuestra web encontrarás un apartado específico con las Ayudas disponibles, así como información útil de trámites telemáticos relacionados con el ámbito de emprendimiento empresarial.
📬 Comunicación previa de inicio. Las personas interesadas que tengan previsto acogerse a las ayudas LEADER y que necesariamente deban iniciar las actuaciones con anterioridad a la publicación de la convocatoria de las ayudas, pueden realizar una COMUNICACIÓN PREVIA AL INICIO DE LAS ACTUACIONES Y SOLICITUD DE CERTIFICADO DE NO INICIO.
📥 La comunicación se realizará a través de la Ficha de Servicio (Código AYUD0535T01).
📁 Leader Inversión, Agro, Agroindustria o Diversificación:
- Formulario de comunicación previa.
- Acreditación de la personalidad de la solicitante/representante.
- Proyecto o memoria descriptiva de las inversiones previstas.
- Presupuesto, desglosado por partidas y conceptos
📁 Tique Rural
- Formulario de comunicación previa.
- Acreditación de la personalidad de la solicitante/representante.
- Proyecto o memoria descriptiva de las actuaciones previstas y Declaración responsable de la fecha prevista, no vinculante, de inicio de actuaciones.
- Declaración responsable de empresas vinculadas.
- Certificado de situación censal emitido por AEAT
- Informe de Vida Laboral de la solicitante.
📁 Tique Asalariado:
- Formulario de comunicación previa.
- Acreditación de la personalidad de la solicitante/representante.
- Proyecto o memoria descriptiva de las inversiones/actuaciones prevista y y Declaración responsable de la fecha prevista, no vinculante, de inicio de actuaciones.
- Declaración responsable de empresas vinculadas.
- Certificado de situación censal emitido por AEAT.
- Acreditación de la solicitante, y empresas vinculadas en su caso, de no haber tenido personal asalariado por cuenta ajena en los últimos cinco años (Vida laboral de la empresa - TGSS) anteriores a la comunicación previa al inicio de actuaciones.
- Declaración responsable de que el centro de trabajo del puesto objeto de la ayuda estará en el ámbito territorial del Grupo.
🔔 Importante:
- La comunicación determinará el momento a partir del cual las actuaciones pueden iniciarse desde el punto de vista de su fecha de subvencionabilidad. En ningún caso supondrá la subvencionabilidad ni la elegibilidad de las actuaciones previstas, ni constituirá ningún tipo de garantía o de preferencia para la obtención de la ayuda.
- Una vez que se abra la convocatoria deberá presentar la solicitud de ayuda y la pertinente documentación.
⚠️Las actuaciones que ya hayan sido completamente ejecutadas en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda de la próxima convocatoria no serán subvencionables.
🔍Se considerará que las actuaciones están completamente ejecutadas en los siguientes casos:
- Para LEADER tique rural. Cuando, a fecha de solicitud de la ayuda, ya se hayan cumplido todos los siguiente hitos:
- Alta censal del empresario,
- Alta como autónomo en la Seguridad Social,
- Licencia de apertura/actividad cuando fuese preceptiva, Licencias sectoriales cuando fuesen preceptivas,
- Que hayan transcurrido más de 24 meses desde el alta como autónomo.
- Para LEADER tique asalariado. Cuando, a fecha de solicitud de la ayuda, ya se hayan cumplido todos los siguiente hitos:
- Alta del trabajador como asalariado por cuenta ajena en la Seguridad Social
- Que hayan transcurrido más de 24 meses desde el alta del asalariado en la Seguridad Social.
- Para LEADER inversión. Se considerará que las actuaciones están completamente ejecutadas cuando se den las siguientes condiciones:
- Que la actividad objeto de la inversión cuente con todos los permisos, licencias o registros que sean preceptivos en función de su naturaleza (licencia de apertura/actividad, licencias o autorizaciones sectoriales, registro de maquinaria agrícola, registro sanitario, etc.) con anterioridad a la solicitud de ayuda;
- Que todos los pagos relativos a la operación subvencionada se hayan realizado con anterioridad a la solicitud de ayuda.
🔍El GAL comprobará en el momento de esta justificación, que las actuaciones subvencionables no estaban completamente ejecutadas a fecha de solicitud de la ayuda. Si de esta comprobación se concluyese que las actuaciones ya estaban completamente ejecutadas a fecha de solicitud de ayuda procederá la revocación total de la ayuda y, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas.
📆 Plazo. La publicación de la Convocatoria en el BOPA abre el periodo para la presentación de solicitudes de ayuda.
- El plazo de presentación para la convocatoria 2025 está pendiente de la publicación en el BOPA.
- Una vez publicada la convocatoria en el BOPA se establece el plazo de 1 MES para presentar la solicitud de ayuda y documentación.
📥 Modo de presentación. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios telemáticos a través de la Ficha de Servicio o por cualesquiera de los medios regulados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
📁 Documentación. Las solicitudes se formularán en los modelos normalizados que figuran en la Ficha de Servicio acompañados de la documentación fijada en las convocatoria.
👉Puedes consultar la documentación a presentar en el apartado de esta web titulado «Documentación».
🔔 Importante:
- Se establece una documentación mínima: Solicitud de ayuda, Identificación de la persona o entidad solicitante y Plan Empresarial, a presentar con la solicitud de ayuda antes del cierre del plazo para que sea tramitada y no sea considerada denegada/desistida
- El Grupo podrá requerir al solicitante cuanta información y documentación complementaria sea necesaria para conocer la actividad a subvencionar, su coste a precios de mercado y cualquier aspecto que contribuya a clarificar el destino de la ayuda.
- Si durante ese plazo se presentara más de una solicitud sobre la misma actuación o inversión, sólo se atenderá a la presentada en el último lugar, quedando anuladas las anteriores.
- La documentación deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos para ser beneficiaria de la ayuda y los compromisos adquiridos.
📑 No inicio de las inversiones y/o actividad. Las actuaciones o inversiones previstas NO pueden estar iniciadas con anterioridad a la fecha de la solicitud de ayuda o comunicación previa, a excepción de los siguientes gastos/actividad:
- Honorarios de proyectos, estudios previos de viabilidad, así como el pago de tasas relacionadas con licencias y permisos administrativos.
- Los gastos/ actividad si se ha presentado la comunicación previa de inicio y siempre que las actuaciones no hayan sido completamente ejecutadas.
El Equipo Técnico levantará acta de no inicio de inversiones.
🛠️ Subsanación. Se establece un plazo de subsanación de defectos de 10 días hábiles improrrogables, desde la notificación fehaciente. Trascurrido el plazo sin que se hubiese subsanado los defectos detectados, se le tendrá por desistido en su solicitud y será archivada
📊 Valoración. Las solicitudes serán valoradas y evaluadas teniendo en cuenta lo siguiente:
- que el proyecto se ajusta a la normativa de aplicación,
- se valora aplicando los Criterios de Selección de Operaciones (CSO). No podrán ser aprobadas las solicitudes que obtengan una valoración igual o inferior a 40 puntos. 👉 Puedes consultar los CSO en la ficha informativa de cada medida.
- la concesión de las ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva estableciendo el orden de prelación en función de la puntuación obtenida por aplicación de lo CSO y en función de las disponibilidades presupuestarias.
- Se elabora una propuesta motivada de concesión o denegación y lista complementaria (solicitudes de ayuda que no pueden ser atendidas al agotarse el crédito disponible).
✔️ Resolución de concesión. La Consejería de Medio Rural y Política Agraria resolverá y notificará en un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.
📢 La notificación de la resolución del procedimiento se realizará a través de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
✍️ Aceptación de la ayuda. En el plazo máximo de 1 mes desde la notificación de la resolución la entidad/persona beneficiaria deberá comunicar por escrito la aceptación de las condiciones estipuladas en la misma.
⚠️ Recurso. La resolución pondrá fin a la vía administrativa y ante ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición.
🏗️ Ejecución de las inversiones. Deberá cumplir todos los requisitos, obligaciones y condiciones establecidas en la normativa de aplicación. Se ejecutará en la forma y plazos que se establezcan en la convocatoria.
🔄 Cambios en el proyecto. A petición expresa debidamente justificada por la beneficiaria (registrada), siempre que no se perjudiquen derechos de terceros y que se mantengan el objeto y finalidad que motivaron la concesión de la ayuda, podrá resolverse la autorización de modificación de las inversiones y gastos aprobados en la resolución de concesión.
- La solicitud de autorización deberá formularse antes de que se haya iniciado la ejecución de los cambios para los que se pide la autorización. La solicitud de modificación deberá ir acompañada de un informe explicativo de la modificación planteada que acredite que se cumple con las condiciones establecidas y que explique su repercusión sobre el plan de inversiones previsto y el presupuesto aprobado.
- En caso de que, por la naturaleza de las inversiones que se solicita modificar, fuera preciso la realización de un acta de comprobación de no inicio, las mismas no podrán ser iniciadas con anterioridad a la realización de dicha acta.
- La Consejería de Medio Rural y Política Agraria es el órgano competente para autorizar la modificación.
- Si como consecuencia de la modificación se produjeran alteraciones que afecten a la puntuación otorgada en la fase de valoración, se procederá a la reevaluación de la solicitud.
Se podrán aceptar modificaciones no sustanciales de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, puestas de manifiesto por el interesado en la justificación, sin que haya mediado solicitud de autorización previa, siempre que no alteren esencialmente la naturaleza u objetivos de la subvención y no suponga dañar derechos de terceros.
- Se considerarán modificaciones no sustanciales aquellas que no supongan una desviación de más del 10 % entre partidas de gasto subvencionable, siempre que no alteren esencialmente la naturaleza o motivo de la subvención ni afecten a derechos de terceros.
En el caso del Tique Rural, la beneficiaria podrá ampliar o modificar su declaración censal de actividades, siempre que pertenezcan a la misma actividad, tal y como se define en la Base Cuarta, comunicándolo al GAL en el mismo plazo que se establezca para la justificación del primer pago posterior a la modificación
En el caso del Tique Asalariado, si la persona contratada cause baja por despido procedente o baja voluntaria, la empresa deberá proceder a su sustitución en el plazo de tres (3) meses, a contar desde el día siguiente al de la baja, comunicándolo al GAL dentro de dicho período. En estos casos, el cómputo de los dos (2) años de mantenimiento de las contrataciones se suspenderá en el momento de la baja y se reanudará una vez realizada la nueva alta. La persona trabajadora sustituta deberá cumplir con los requisitos establecidos y el expediente deberá alcanzar, tras el cambio, la puntuación mínima exigida.
🔄 Prórroga. Cuando la actuación subvencionada no pueda realizarse en el plazo establecido podrá concederse a la beneficiaria, a solicitud de éste, una prórroga del plazo de ejecución por causas debidamente justificadas. El procedimiento para la concesión de la prórroga es el establecido en las normas reguladoras del procedimiento administrativo común. La solicitud de prórroga y su concesión deberán producirse antes del vencimiento del plazo de que se trate, respetando en todo caso la anualidad presupuestaria.
📎 Justificación de las inversiones. La beneficiaria deberá presentar la solicitud de pago a la finalización de las actuaciones o, en su caso, al finalizar las correspondientes a cada anualidad, dentro de los plazos señalados en la resolución de concesión.
👉Puedes consultar la documentación a presentar en el apartado de esta web titulado «Documentación».
- Se presentará cuenta justificativa, memoria facturas, justificantes bancarios, extractos de los movimientos de cuenta (se admitirán únicamente pagos realizados por transferencia bancaria, adeudos domiciliarios, tarjetas de crédito, cheques y pagarés en los que no se pierda la pista de auditoría-constatación de pago bancario de beneficiario de la ayuda y proveedor).
- Deberá disponer de los permisos autorizaciones o registros necesarios.
- Cuando la actuación subvencionada no pueda realizarse en el plazo establecido podrá concederse a la beneficiaria, a solicitud de éste, una prórroga del plazo de ejecución por causas debidamente justificadas. El procedimiento para la concesión de la prórroga es el establecido en las normas reguladoras del procedimiento administrativo común. La solicitud de prórroga y su concesión deberán producirse antes del vencimiento del plazo de que se trate, respetando en todo caso la anualidad presupuestaria.
- 📄 Solicitud de pago. Se formalizará de acuerdo con el modelo establecido en la Convocatoria y se acompañará de una Memoria de actuación, en los casos que proceda, tanto de las facturas y justificantes de pago que acrediten que el gasto de la operación subvencionada ha sido realizado y efectivamente pagado dentro de los plazos señalados en la convocatoria de subvención, o en la resolución de concesión, así como de la documentación complementaria establecida en cada caso. Se admitirán únicamente los pagos realizados por transferencia bancaria, adeudos domiciliarios, tarjetas de crédito, cheques y pagarés en los que no se pierda la pista de auditoría.
- 📝Propuesta de certificación. El GDR Alto Narcea Muniellos realizará los controles pertinentes, comprobando la existencia de la inversión a subvencionar, su funcionamiento y la validez de la documentación, realizando acta y certificación de inversión, que será remitida a la Consejería para su conformidad y posterior pago al promotor/a.
- 💰 Pago de la ayuda. Realizado por la Consejería de Medio Rural y Política Agraria.
- 🔍Controles. Realizados por la Consejería de Medio Rural y Política Agraria.
La información sobre la presentación de documentación está detallada en el apartado de esta web titulado «Documentación».
OBLIGACIONES Y COMPROMISOS. Apartado 15 de las Bases reguladoras.
- Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que cumple los requisitos establecidos en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores en los supuestos establecidos en el art. 31.3 de la LGS. Si se trata de la adquisición de bienes inmuebles, aportar certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial (art. 30.5 de la LGS).
- En el caso de bienes inscribibles en un registro público, el beneficiario deberá hacer constar en la escritura la obligación de destinar el bien subvencionado al fin concreto determinado en la Resolución de concesión y durante el tiempo allí fijado, así como el importe de la subvención concedida, debiendo ser objeto estos extremos de inscripción en el registro público correspondiente.
- Acreditar previamente al cobro que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Realizar y cumplir las acciones de acuerdo con las condiciones señaladas en la resolución de otorgamiento de la ayuda, debiendo acreditar ante el órgano concedente la realización de la actividad o proyecto o el cumplimiento del fin o propósito.
- Comunicar por escrito a la Consejería competente las modificaciones que alteren o dificulten el desarrollo de las acciones objeto de subvención, con el fin de proceder a evaluar aquéllas y, en su caso, autorizarlas, modificando cuando sea procedente, de acuerdo con las circunstancias, el contenido y cuantía de la subvención, sin que en ningún caso esta última pueda incrementarse.
- Cumplir las normas mínimas, que en su caso les afecten, en materia de contratación, medioambiental, urbanística, e higiénico-sanitaria y contar antes que se realice el pago final, con todos los permisos, licencias y registros que sean preceptivos para el desarrollo normal de la actividad.
- Comunicar al órgano concedente cualquier modificación de los documentos presentados para la justificación de la ayuda que se realice con posterioridad a dicha justificación, o intercambios comerciales que afecten a los mismos.
- Conservar durante al menos diez años los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control
- Prestar colaboración y facilitar cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de las funciones de control.
- Comunicar al órgano concedente las causas de fuerza mayor y circunstancias excepcionales en el plazo legalmente establecido.
- Llevar, bien un sistema de contabilidad separado, bien un código contable adecuado para todas las transacciones relativas a la operación de conformidad con lo establecido en el artículo 123.2.b) i) del Reglamento (UE) 2021/2115.
- Dar publicidad de la financiación de la actuación, en los términos que se establezcan en la convocatoria y de acuerdo con lo previsto en el anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/219 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2021, para los requisitos en materia de información, publicidad y visibilidad relacionados con la ayuda de la Unión y los Planes Estratégicos de la PAC.
- Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la LGS y en la normativa europea de aplicación, de acuerdo con lo establecido en estas bases y en la convocatoria correspondiente.
- Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actuaciones subvencionadas. Comunicación que debe ser realizada en cuanto se conozca la citada obtención y siempre con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
- Las beneficiarias a las que se refiere el artículo 2.2. d) de la Ley 8/2018, de 14 de septiembre, de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de interés del Principado de Asturias, estarán obligadas a cumplir con las obligaciones en materia de transparencia que se recogen para ellos en el Capítulo II del Título I de dicha norma, sobre publicidad activa.
- Mantener las inversiones cofinanciadas durante un mínimo de cinco años desde la fecha fin del plazo de justificación del fin de actuaciones. Este plazo será de diez años para las inversiones en alojamientos turísticos.
- En el caso de la ayuda LEADER agro: Comprometerse a ejercer la actividad agraria en la explotación objeto de ayuda durante cinco años desde la fecha fin del plazo de justificación del fin de actuaciones.
Seguimiento y control. Apartado 19 de las Bases Reguladoras.
Publicidad y transparencia. Apartado 20 de las Bases Reguladoras.
📢 RECOMENDACIONES
✔️ Contactar con el GDR Alto Narcea Muniellos para que te informemos y asesoremos.
✔️ Planificar y preparar la documentación con tiempo:
- Confirma la acreditación de disponibilidad del inmueble y las condiciones urbanísticas de la actuación.
- Pide 3 ofertas de proveedores de las inversiones previstas (excepto en aquellos que haya baremo de precios en la convocatoria.
- Calcula cual es la inversión prevista y como vas a temporalizar las inversiones. 👉 Adáptalas al Presupuesto anualizado establecido en la convocatoria.
- Elabora una Plan de Empresa.
- Si tienes que realizar obra, tendrás que disponer de proyecto técnico o anteproyecto firmado por técnico competente.
- Infórmate de los permisos, registros o autorizaciones que necesitas. 👉 Evita sorpresas.
✔️ Aconsejable disponer de certificado digital. 👉 La tramitación es telemática (obligatorio).a través de la Ficha de servicio o Registro del Principado de Asturias.⚠️ El GDR NO actúa como registro.
✔️ No iniciar la inversión o la actividad antes de solicitar la ayuda (o comunicación previa).
✔️ Tener en cuenta que Inversión mínima subvencionable es 6.000 € (iva no incluido). 👉Se debe mantenerse esta cantidad en la certificación final.
✔️ Estar al estar al corriente en obligaciones tributarias y seguridad social. 👉No se concede ayudas si no se está al corriente.
✔️ Modificaciones del proyecto: sólo se permiten con autorización previa y por escrito. 👉Puede haber modificaciones no sustanciales.
✔️ Facturación y pagos:
- Las facturas deben coincidir con los presupuestos presentados.
- Acreditar el pago realizado. No se admiten pagos en metálico y no pagados por la entidad y persona beneficiaria.
- Cumplir con los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, lucha contra la morosidad: pago en 30 días
✔️ Llevar una contabilidad específica para los gastos subvencionados. Identificar ingresos, gastos y pagos con número de expediente ó crear subcuentas para todo lo relacionado con la operación objeto de subvención.
✔️ Disponer de todas las autorizaciones, permisos y registros. 👉 Recuerda que no disponer de ellos en el plazo establecidos supone la revocación de la ayuda.
✔️ Publicitar el carácter público de la ayuda.
✔️ Recuerda que la operación está sometido a controles.
🤝 Mantener el contacto directo con el GDR para resolver dudas o aclaraciones.