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LEADER 2023 - 2027

TRAMITACIÓN

💡 ¿Tienes una idea para emprender, mejorar tu empresa o invertir?

Antes de dar el primer paso, contacta con el GDR Alto Narcea Muniellos. Te ofrecemos asesoramiento personalizado sobre ayudas, financiación y trámites para hacer realidad tu proyecto.

🔔 Importante: Contacta con el equipo técnico antes de iniciar la actividad o la inversión para no perder oportunidades de apoyo.

📞 Pide cita previa: 985 81 37 56
📧 Escríbenos a: gerencia@altonarceamuniellos.org

📌 También puedes acudir a otras entidades de apoyo empresarial del territorio:
➡️ Antena Cameral
➡️ Centro de Empresas
➡️ Oficina Comarcal de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria

📲 Además, en nuestra web encontrarás un apartado específico con las Ayudas disponibles, así como información útil de trámites telemáticos relacionados con el ámbito de emprendimiento empresarial. 

 

Las interesadas que tengan previsto acogerse a las ayudas LEADER y que necesariamente deban iniciar las actuaciones con anterioridad a la publicación de la convocatoria de las ayudas, pueden realizar una COMUNICACIÓN PREVIA AL INICIO DE LAS ACTUACIONES Y SOLICITUD DE CERTIFICADO DE NO INICIO. 

La comunicación se realizará a través del Registro Electrónico del Principado de Asturias o a través de la Ficha de Servicio (Código  AYUD0535T01).

Acceso a los formularios, en las fichas de cada ayuda, en el apartado de documentación. 

El efecto de la presentación es únicamente la constatación de este hecho y determinará el momento a partir del cual las actuaciones pueden iniciarse desde el punto de vista de su fecha de subvencionabilidad. En ningún caso supondrá la subvencionabilidad ni la elegibilidad de las actuaciones previstas, ni constituirá ningún tipo de garantía o de preferencia para la obtención de la ayuda.

Las actuaciones que ya hayan sido completamente ejecutadas en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda de la próxima convocatoria no serán subvencionables

Se considerará que las actuaciones están completamente ejecutadas en los siguientes casos:

  • Para LEADER tique rural. Cuando, a fecha de solicitud de la ayuda, ya se hayan cumplido todos los hitos que se definen a continuación: Alta censal del empresario, Alta como autónomo en la Seguridad Social, Licencia de apertura/actividad cuando fuese preceptiva, Licencias sectoriales cuando fuesen preceptivas, Que hayan transcurrido más de 24 meses desde el alta como autónomo. 
  • Para  LEADER tique asalariado. Cuando, a fecha de solicitud de la ayuda, ya se hayan cumplido todos los hitos que se definen a continuación: Alta del trabajador como asalariado por cuenta ajena en la Seguridad Social y que hayan transcurrido más de 24 meses desde el alta del asalariado en la Seguridad Social.
  • Para LEADER inversión. Se considerará que las actuaciones están completamente ejecutadas cuando se den las siguientes condiciones:
    • Que la actividad objeto de la inversión cuente con todos los permisos, licencias o registros que sean preceptivos en función de su naturaleza (licencia de apertura/actividad, licencias o autorizaciones sectoriales, registro de maquinaria agrícola, registro sanitario, etc.) con anterioridad a la solicitud de ayuda;
    • Que todos los pagos relativos a la operación subvencionada se hayan realizado con anterioridad a la solicitud de ayuda.

La acreditación de la ejecución de las actuaciones se justificará una vez concedida la subvención, en su caso, y en los plazos y condiciones establecidos en la convocatoria o en la resolución de concesión. El GAL comprobará en el momento de esta justificación, que las actuaciones subvencionables no estaban completamente ejecutadas a fecha de solicitud de la ayuda. Si de esta comprobación se concluyese que las actuaciones ya estaban completamente ejecutadas a fecha de solicitud de ayuda procederá la revocación total de la ayuda y, en su caso,
el reintegro de las cantidades percibidas.

Las Bases Reguladoras son la normativa general que rige la solicitud y concesión de las ayudas que se encuentra publicadas en:

La publicación de la Convocatoria en el BOPA abre el periodo para la presentación de solicitudes de ayuda; en ella se establece el presupuesto, la  fecha límite, el lugar y la forma en la que deberán presentarse las solicitudes. 

  • 📆 Plazo. El plazo de presentación para la convocatoria 2025. Pendiente de la publicación de la Convocatoria.
  • 📥 Modo de Presentación. Las solicitudes podrán presentarse por:
  • 📄 Documentación. Las solicitudes se formularán en los modelos normalizados que figuran en la sede electrónica www.asturias.esFicha de Servicio (Código AYUD0535T01).
    • En cada convocatoria se establecerá aquella documentación e información cuya presentación se considera mínimo imprescindible para la tramitación de la solicitud. La falta de dicha documentación o información supondrá la exclusión de la solicitud del procedimiento de concesión.
    • Con independencia de la documentación exigida, el Grupo podrá requerir al solicitante cuanta información y documentación complementaria sea necesaria para conocer la actividad a subvencionar, su coste a precios de mercado y cualquier aspecto que contribuya a clarificar el destino de la ayuda, así como recabar los informes que estime oportunos para poder acreditar la viabilidad técnica, económica y financiera del proyecto presentado. 
    • Si durante ese plazo se presentara más de una solicitud sobre la misma actuación o inversión, sólo se atenderá a la presentada en el último lugar, quedando anuladas las anteriores.

La información sobre la presentación de documentación está detallada en el apartado de esta web titulado «Documentación».

  • 🛠️ Subsanación. Se establece un plazo de subsanación de defectos de 10 días hábiles improrrogables, desde la notificación fehaciente. Trascurrido el plazo sin que el interesado hubiese subsanado los defectos detectados, se le tendrá por desistido en su solicitud y se procederá a iniciar las oportunas acciones para el archivo del expediente.
  • 📑 No inicio de las inversiones. No inicio de las inversiones/gastos. Las actuaciones o inversiones previstas NO pueden estar iniciadas con anterioridad a la fecha de la solicitud de ayuda. A excepción de los siguientes gastos: honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores; honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, estudios de viabilidad,  las licencias y permisos (estos gastos previos a la solicitud serán como máximo del 10% del gasto elegible determinado en la concesión). El Equipo Técnico levantará acta de no inicio de inversiones.
  • 🧾 Dictamen de elegibilidad. Emitido por la Autoridad de Gestión relativo a la adecuación del tipo de proyecto al PDR de Asturias y cumplimiento de los requisitos administrativos. Determinará si el proyecto es elegible o no.
  • 📊 Valoración. Se realizará propuesta de las ayudas denegadas y aprobadas aplicando los criterios de selección de las operaciones (CSO) y las disponibilidades presupuestarias. Citada propuesta será elevada a la aprobación de la Junta Directiva.
    • Puedes consultar los CSO en la ficha informativa de cada medida. 
  • ✔️ Resolución de concesión. La Consejería de Medio Rural y Política Agraria realizará la resolución de concesión en un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.
  • 📢 La notificación de la resolución del procedimiento se realizará a través de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
  • ✍️ Aceptación de la ayuda. En el plazo máximo de 1 mes desde la notificación de la resolución la entidad/personal beneficiaria deberá comunicar por escrito la aceptación de las condiciones estipuladas en la misma.
  • ⚠️ Recurso. La resolución pondrá fin a la vía administrativa y ante ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición.
  • 🏗️ Ejecución de las inversiones. Deberá cumplir todos los requisitos, obligaciones y condiciones establecidas en la normativa de aplicación. Se ejecutará en la forma y plazos que se establezcan en la convocatoria. 
  • 📎 Justificación de las inversiones. Se deberán cumplir todos los requisitos, obligaciones y condiciones establecidos en la normativa de aplicación, así como justificar en el plazo previsto en la Resolución de concesión de la ayuda (15 o 30 de noviembre del año que corresponda), adjuntando la documentación exigida (incluyendo licencias y autorizaciones). La inversión aprobada coincidirá con lo ejecutado debiendo ajustarse a la distribución de las partidas de inversión aprobada. Si el importe ejecutado es superior al aprobado se considerará para el cálculo de la subvención el importe aprobado. Se presentarán facturas, justificantes bancarios y extractos de los movimientos de cuenta. Se admitirán únicamente pagos realizados por transferencia bancaria, adeudos domiciliarios, tarjetas de crédito, cheques y pagarés en los que no se pierda la pista de auditoría (constatación de pago bancario de beneficiario de la ayuda y proveedor)
  • 🔄 Cambios en el proyecto. En caso de modificación ésta deberá ser comunicada por escrito a la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, antes de que se hayan iniciado dichos cambios. Los cambios deben ser autorizados por la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, siempre y cuando no perjudiquen derechos de terceros y se mantenga el objeto y finalidad que motivaron la concesión. No se pueden realizar los cambios sin citada autorización. En todo caso, nunca podrá incrementarse la cuantía de la subvención concedida inicialmente. La solicitud de modificación deberá formularse antes de que se haya iniciado la ejecución de los cambios para los que se pide la autorización y estará debidamente acompañada de los documentos que fuese obligado presentar.
  • 📄 Solicitud de pago. Se formalizará de acuerdo con el modelo establecido en la Convocatoria y se acompañará de una Memoria de actuación, en los casos que proceda, tanto de las facturas y justificantes de pago que acrediten que el gasto de la operación subvencionada ha sido realizado y efectivamente pagado dentro de los plazos señalados en la convocatoria de subvención, o en la resolución de concesión, así como de la documentación complementaria establecida en cada caso. Se admitirán únicamente los pagos realizados por transferencia bancaria, adeudos domiciliarios, tarjetas de crédito, cheques y pagarés en los que no se pierda la pista de auditoría.
  • 📝Propuesta de certificación. El GDR Alto Narcea Muniellos realizará los controles pertinentes, comprobando la existencia de la inversión a subvencionar, su funcionamiento y la validez de la documentación, realizando acta y certificación de inversión, que será remitida a la Consejería para su conformidad y posterior pago al promotor/a.
  • 💰 Pago de la ayuda. Realizado por la Consejería de Medio Rural y Política Agraria.
  • 🔍Controles. Realizados por la Consejería de Medio Rural y Política Agraria.

La información sobre la presentación de documentación está detallada en el apartado de esta web titulado «Documentación».

📢  RECOMENDACIONES

✔️ Planificar y preparar la documentación con tiempo.

✔️ No iniciar la inversión o la actividad antes de solicitar la ayuda (o comunicación previa).

✔️ Inversión mínima subvencionable: 6.000 € (iva no incluido). Debe mantenerse esta cantidad en la certificación final.

✔️ Confirmar la acreditación de disponibilidad del inmueble y las condiciones urbanísticas en caso de obra.

✔️Obligaciones legales: estar al corriente en obligaciones tributarias y seguridad social.

✔️ Modificaciones del proyecto: sólo se permiten con autorización previa y por escrito. Puede haber modificaciones no sustanciales.

✔️ Facturación y pagos:

  • Las facturas deben coincidir con los presupuestos presentados.
  • Acreditar el pago realizado.
  • Cumplir con los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, lucha contra la morosidad: pago en 30 días

✔️ Llevar una contabilidad específica para los gastos subvencionados. Identificar ingresos, gastos y pagos con número de expediente ó crear subcuentas para todo lo relacionado con la operación objeto de subvención.

✔️ Disponer de todas las autorizaciones, permisos y registros.

✔️ Aconsejable disponer de certificado digital

✔️ Publicitar el carácter público de la ayuda.

✔️ Realizar registro telemático a través de la Ficha de servicio o Registro del Principado de Asturias.⚠️ El GDR NO actúa como registro.

 🤝 Mantener el contacto directo con el GDR para resolver dudas o aclaraciones.

       
   
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