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📬 SOLICITUD DE COBRO DE LA AYUDA

CONVOCATORIA 2025

LEADER TIQUE RURAL Las solicitudes del cobro de la ayuda se registrarán telemáticamente en el plazo establecido a través de la  Ficha de Servicio (Código  AYUD0535T02) aportando la siguiente documentación:

Documentación para realizar la solicitud de cobro (ver pagina nº 127). 

2025. Primer pago (70% de la ayuda concedida), en el plazo máximo de 15 de diciembre de 2025:

  • SOLICITUD DE PAGO: El modelo de solicitud de pago figura en la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) y www.altonarceamuniellos.org
  • CERTIFICADO SITUACIÓN CENSAL, para constatar la/s actividad/es.
  • INFORME DE VIDA LABORAL o Alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, en razón de la actividad económica correspondiente al plan empresarial.
  • JUSTIFICACIÓN DE LA DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE en el caso de existencia de local afecto a la actividad empresarial: ESCRITURA DE PROPIEDAD, CONTRATO DE ARRENDAMIENTO o cesión, etc. O compromiso, según modelo facilitado por el Grupo.
  • DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE PUBLICIDAD DE LA FINANCIANCIÓN

2026. No hay pago. El GDR Alto Narcea Muniellos podrá solicitar  información para hacer seguimiento del cumplimiento de Plan Empresarial.

2027. Ultimo pago (30% de la ayuda concedida) en el plazo máximo de 15 de septiembre de 2027:

  • SOLICITUD DE PAGO: El modelo de solicitud de pago figura en la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) y www.altonarceamuniellos.org
  • CERTIFICADO SITUACIÓN CENSAL para constatar la/s actividad/es.
  • INFORME DE VIDA LABORAL.
  • DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE LA FACTURACIÓN O EL RESULTADO DE EXPLOTACIÓN (cumplimiento de umbral de facturación/resultado de explotación y requisito de no facturar más del 50% a un único cliente):
    • Contabilidad correspondiente al mismo periodo anteriormente indicado, para acreditar las obligaciones y requisitos del punto 2.1 y 2.2 de la base sexta, o
    • Documentación presentada en cumplimiento de sus obligaciones fiscales desde el alta censal hasta la fecha de la solicitud de pago. 
  • LICENCIA DE APERTURA Y/O DE ACTIVIDAD o declaración responsable de desarrollo de la actividad a nombre de la persona beneficiaria de la ayuda, o documento acreditativo emitido por la autoridad local competente de innecesariedad.
  • JUSTIFICACIÓN DE LA DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE en el caso de existencia de local afecto a la actividad empresarial: ESCRITURA DE PROPIEDAD, CONTRATO DE ARRENDAMIENTO o cesión, etc.

2028-2029. En los restantes ejercicios, hasta el cumplimiento del período comprometido, deberá acreditar el mantenimiento de la actividad empresarial, con la documentación siguiente: informe de vida laboral, certificado de situación censal y contabilidad de la empresa, para acreditar el cumplimiento del requisito de ingresos y/o resultado de explotación, así como que estos ingresos no proceden en más de un 50% de un único cliente.

 

MODIFICACIÓN DEL PLAN EMPRESRIAL:

⚠️A petición expresa debidamente justificada por la beneficiaria, siempre que no se perjudiquen derechos de terceros y que se mantengan el objeto y finalidad que motivaron la concesión de la ayuda, podrá resolverse la autorización de modificación del Plan Empresarial aprobado. En todo caso la solicitud de autorización deberá formularse antes de que se haya iniciado la ejecución de los cambios para los que se pide la autorización. La solicitud de modificación deberá ir acompañada de un informe explicativo de la modificación planteada que acredite que se cumple con las condiciones establecidas en las bases reguladoras y la con­vocatoria y que explique su repercusión sobre el plan empresarial previsto.

PUBLICIDAD :

✅ Todas las actividades de información y publicidad que se lleven a cabo por parte de las beneficiarias deberán destacar el apoyo de los fondos a la operación en un lugar visible, indicando la cofinanciación por la Unión Europea, el porcentaje de cofinanciación y el montante total de la ayuda, e incorporando los logotipos oficiales del 🇪🇺 PEPAC, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), Consejería de Medio Rural y Política Agraria del Principado de Asturias, iniciativa LEADER y del GAL que corresponda. Ver Anexo IV Convocatoria.

INCUMPLIMIENTO:

⚠️ El incumplimiento por la persona beneficiaria de los requisitos, condiciones o compromisos establecidos en las Bases Reguladoras, en la Convocatoria de subvención, o en la resolución de concesión podrá dar lugar a la reducción/pérdida del derecho a la subvención y a la obligación de reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas, sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar. Ver Anexo V Convocatoria.

CONVOCATORIA 2025

LEADER TIQUE ASALARIADO. Las solicitudes del cobro de la ayuda se registrarán telemáticamente en el plazo establecido a través de la  Ficha de Servicio (Código  AYUD0535T02) aportando la siguiente documentación:

Documentación para realizar la solicitud de cobro (ver pagina nº 127). 

2025. Primer pago (70% de la ayuda concedida), en el plazo máximo de 15 de diciembre de 2025:

  • SOLICITUD DE PAGO: El modelo de solicitud de pago figura en la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) y www.altonarceamuniellos.org
  • CERTIFICADO SITUACIÓN CENSAL.
  • VIDA LABORAL de la/s persona/s contratada/s, que acredite la situación en desempleo en el momento de realización de la solicitud de ayuda.
  • Justificación del ALTA DE LA PERSONA CONTRATADA EN LA SEGURIDAD SOCIAL.
  • CONTRATO DE TRABAJO formalizado.
  • DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA de que la persona contratada cumple con las características del puesto de trabajo previsto.
  • DECLARACIÓN RESPONSABLE de que entre la persona contratada y la beneficiaria no hay relación de parentesco de primer o segundo grado. Cuando la beneficiaria sea una entidad la declaración deberá referirse al administrador o a quien ostente el control de la empresa y deberá tener en cuenta las empresas vinculadas, según se estable en el punto 3.3 de la base sexta.
  • DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE PUBLICIDAD DE LA FINANCIANCIÓN

2027. Último pago (30% de la ayuda concedida), en el plazo máximo de 15 de octubre de 2027:

  • SOLICITUD DE PAGO: El modelo de solicitud de pago figura en la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) y www.altonarceamuniellos.or
  • CERTIFICADO SITUACIÓN CENSAL.
  • INFORME DE VIDA LABORAL de la empresa, que deberá abarcar el periodo comprendido entre la contratación y la solicitud de pago final.
  • En el caso que se den las condiciones del punto 3.5 de base sexta (sustitución de trabajador), se debe presentar:
  • VIDA LABORAL de la/s persona/s contratada/s, que acredite la situación en desempleo en el momento de realización de la contratación.
    • Justificación del alta de la persona contratada en la Seguridad Social.
    • CONTRATO DE TRABAJO formalizado.
    • DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA de que la persona contratada cumple con las características del puesto de trabajo previsto.
    • DECLARACIÓN RESPONSABLE de que entre la persona contratada y la beneficiaria no hay relación de parentesco de primer o segundo grado. Cuando la beneficiaria sea una entidad la declaración deberá referirse al administrador o a quien ostente el control de la empresa y deberá tener en cuenta las empresas vinculadas, según se estable en el punto 3.3 de la base sexta.

MODIFICACIÓN DEL PLAN EMPRESRIAL:

⚠️A petición expresa debidamente justificada por la beneficiaria, siempre que no se perjudiquen derechos de terceros y que se mantengan el objeto y finalidad que motivaron la concesión de la ayuda, podrá resolverse la autorización de modificación del Plan Empresarial aprobado. En todo caso la solicitud de autorización deberá formularse antes de que se haya iniciado la ejecución de los cambios para los que se pide la autorización. La solicitud de modificación deberá ir acompañada de un informe explicativo de la modificación planteada que acredite que se cumple con las condiciones establecidas en las bases reguladoras y la con­vocatoria y que explique su repercusión sobre el plan empresarial previsto.

PUBLICIDAD :

✅ Todas las actividades de información y publicidad que se lleven a cabo por parte de las beneficiarias deberán destacar el apoyo de los fondos a la operación en un lugar visible, indicando la cofinanciación por la Unión Europea, el porcentaje de cofinanciación y el montante total de la ayuda, e incorporando los logotipos oficiales del 🇪🇺 PEPAC, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), Consejería de Medio Rural y Política Agraria del Principado de Asturias, iniciativa LEADER y del GAL que corresponda. Ver Anexo IV Convocatoria.

INCUMPLIMIENTO:

⚠️ El incumplimiento por la persona beneficiaria de los requisitos, condiciones o compromisos establecidos en las Bases Reguladoras, en la Convocatoria de subvención, o en la resolución de concesión podrá dar lugar a la reducción/pérdida del derecho a la subvención y a la obligación de reintegro, en su caso, de las cantidades indebidamente percibidas, sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar. Ver Anexo V Convocatoria.

CONVOCATORIA 2025

LEADER AGRO, AGROINDUSTRIA Y DIVERSIFICACIÓN. Las solicitudes del cobro de la ayuda se registrarán telemáticamente en el plazo establecido a través de la  Ficha de Servicio (Código  AYUD0535T03)  aportando la siguiente documentación:

Documentación para realizar la solicitud de cobro (ver pagina nº 109). 

DOCUMENTACIÓN EN TODAS LAS ANUALIDADES la solicitante deberá presentar  los siguientes documentos: 
  • SOLICITUD DE PAGOEl modelo de solicitud de pago figura en la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) y www.altonarceamuniellos.org
  • CUENTA JUSTIFICATIVA DE LA INVERSIÓN O GASTO, junto con los documentos bancarios acreditativos de la efectividad del pago: justificantes y extractos bancarios, sellados por el banco. Los extractos bancarios deberán abarcar un periodo mínimo de 1 mes antes y después del primer y último pago que se imputa a la anualidad.
  • En caso de adquisición de terrenos agrícolas o bienes inmuebles:
    • ESCRITURA PÚBLICA DE LA COMPRA LIQUIDADA a nombre del titular. La compra debe realizarse en pleno dominio (no admitiéndose usufructos ni indivisos).
    • Actualización de las modificaciones de titularidad en el Catastro y justificante de inscripción en el Registro de la propiedad (solo si el bien constaba inscrito en el Registro de la Propiedad en la situación inicial).
    • Certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial
  • DECLARACIÓN DE OTRAS AYUDAS, según modelo que se facilitará por el GAL
+ DOCUMENTACIÓN

PRIMER PAGO: 

  • Para aquellas operaciones en que la normativa municipal lo requiera, PROYECTO DE EJECUCIÓN (coherente con los presentado en solicitud de ayuda) VISADO por profesional colegiado competente.

ÚLTIMO PAGO: 

  • CERTIFICADO SITUACIÓN CENSAL, que demuestre que la actividad objeto para la que solicita la ayuda esta entre las actividades de la empresa, en el caso de empresas de nueva creación.
  • LICENCIA MUNICIPAL DE OBRA cuando fuera preceptiva o declaración responsable de obras, o documento acreditativo emitido por la autoridad local competente de innecesaridad
  • LICENCIA MUNICIPAL DE ACTIVIDAD O APERTURA o declaración responsable de desarrollo de la actividad, o documento acreditativo emitido por la autoridad local competente de innecesaridad.
  • Para inversiones que supongan compra de maquinaria del sector agrícola: CERTIFICADO DE REGISTRO OFICIAL DE MAQUINARIA AGRÍCOLA para los casos que proceda o autorización para su consulta.
  • En el caso de inversiones en infraestructuras de energía renovable que consumen o producen energía: CERTIFICADO QUE CUMPLEN LAS NORMAS MÍNIMAS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA.
  • Licencias, permisos, autorizaciones o certificaciones acreditativas de la inscripción en los registros oficiales que legalmente correspondan en función de la actividad de la entidad
  • JUSTIFICACIÓN DE LA DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE en el caso de existencia de local afecto a la actividad empresarial: ESCRITURA DE PROPIEDAD, CONTRATO DE ARRENDAMIENTO o cesión, acompañado del correspondiente documento de liquidación del impuesto correspondiente).
    En todo caso, documentación acreditativa de la disponibilidad, o capacidad legal de uso y disfrute, de los bienes inmuebles sobre los que se pretende realizar la inversión, al menos durante los 5 años posteriores a la fecha fin de plazo de justificación del fin de actuaciones.
    En las operaciones relacionadas con los alojamientos turísticos, este plazo de disponibilidad del inmueble será de 10 años desde la fecha fin de plazo de justificación del fin de actuaciones.
  • DOCUMENTACIÓN MEDIDA LEADER AGRO: REGISTRO DE EXPLOTACIONES AGRARIAS del Principado de Asturias o autorización para su consulta

PLAZOS MÁXIMOS:

  • Primer pago: 15 noviembre de 2026.
  • Resto de anualidades: 15 de septiembre.
             
           
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